Reglamentación del trámite interno del Derecho de Petición del Instituto Departamental de Recreación y Deporte de Santander (Indersantander) (Descargar Archivo)
CONCEPTOS
PETICIÓN: Acción que tiene toda persona natural o jurídica de acudir ante las autoridades públicas para reclamar la resolución de fondo de una solución presentada que afecta los intereses colectivos o individuales y puede formularse verbalmente o por escrito, en ambos casos de forma respetuosa.
QUEJA: Es el medio a través del cual una persona natural o jurídica pone de manifiesto su incomodidad con la CNSC o de un funcionario o con la forma y condiciones en que se preste o no un servicio.
RECLAMO: Es la solicitud presentada por una persona natural o jurídica con el fin de que se revise una actuación administrativa con la cual no esta conforme y tiene la finalidad de que esta sea mejorada o cambiada.
No se atenderá por este medio reclamaciones con los procesos de selección, los cuales deberán tramitarse de acuerdo con el cronograma de cada convocatoria
PROCESO DE RECEPCIÓN: Es el proceso que capta la satisfacción de la comunidad en el momento en el que se provee un servicio o después de prestar el mismo. Esa manifestación es: recibida, registrada y clasificada según los procesos afectados; para ser dimensionada a los responsables de dichos procesos para ser solucionados y finalmente ofrecer una respuesta y retroalimentación a la comunidad
TIEMPOS DE SOLUCIÓN: Los tiempos de solución se realizarán conforme a lo determinado en Código Contencioso Administrativo art. 5, 6 y 25 de acuerdo al tipo de manifestación:
• 15 días para dar respuesta a la queja
• 15 días para atender reclamos
• 10 días para peticiones de información
• 30 días para contestar consultas
• 15 días para contestar solicitudes
Si desea realizarlas en línea, llene cada una de las casillas en el formulario de peticiones, quejas y reclamos